producto www.seguridad-laboral.es más info Formar ya no es suficiente: en PRL hay que justificarlo La formación en PRL se ha convertido, en la práctica, en un expediente documental. Entre el Convenio General de la Construcción, el del Metal, el estándar sectorial (como AELEC, TELCO, por ejemplo) y Fundae, un mismo trabajador puede generar cinco rastros de acreditación distintos, con calendarios de caducidad que no se hablan entre sí. Digitalizar esa trazabilidad ha dejado de ser una mejora de eficiencia administrativa para convertirse en una cuestión de cumplimiento y, en última instancia, de seguridad. El artículo 19 no habla de papeles. La inspección, sí. La Ley 31/1995 obliga al empresario a garantizar una formación teórica, teórico-práctica y online suficiente y adecuada para cada puesto, y el Reglamento de los Servicios de Prevención concreta el cómo. Ninguna de las dos normas describe, sin embargo, lo que realmente ocupa la jornada de un departamento de formación o de un centro homologado: la evidencia. Ante una inspección de auditoría o una revisión de Fundae, no sólo se examina la calidad pedagógica de la acción formativa, sino también si existe un correcto registro de documentación que variará en función del tipo de homologación u organismo (control de asistencia, recibí material, recibí diploma firmado, examen y cuestionarios de evaluación). También se evalúa si el docente estaba habilitado, si el contenido coincide con el anexo del convenio aplicable y si todo se comunicó dentro de plazo. Ese desplazamiento–de la formación al expediente– es lo que hoy tensiona a los responsables de PRL. Cinco tipologías, un mismo trabajador. En PRL sabemos que un trabajador puede (o no) experimentar varias casuísticas en formaciones diferentes. Diferenciarlas es clave para que el centro no falle en la adaptación de los diferentes reglamentos. Construcción. La Tarjeta Profesional de la Construcción articula la formación en dos ciclos: las 8 horas de aula permanente y las 20 horas de segundo ciclo por oficio. La tarjeta tiene una vigencia de cinco años y la formación solo la pueden impartir entidades homologadas por la Fundación Laboral de la Construcción. Metal. La Tarjeta Profesional del Metal, gestionada por la Fundación del Metal para la Formación, la Cualificación y el Empleo, responde al convenio estatal del sector y a sus tablas de convalidación. Las entidades formadoras deben tramitar su homologación y la de sus docentes y centros mediante los anexos M1, M2 y M3, y figurar en el listado oficial. Telco. Desde el 1 de julio de 2018, el estándar formativo de Telco es exigible a todo trabajador que realice trabajos / Septiembre-Octubre 2026 85 Por Digiforma
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